![]() |
| Defensa de la soberanía nacional (Sitio: "La Cueva del Toco", La Asunción) |
Para La Voz del Río/ Ensayo
Por Ramón Ávila/ CSMS
Por Ramón Ávila/ CSMS
La Soberanía se puede
definir, como “el poder político supremo que corresponde a un Estado
independiente”, es decir, que se la da todo el poder a la Nación y a los
ciudadanos que en ella habitan, dándoles el derecho que éstos tienen para
elegir su Gobierno; teniendo además injerencia en la publicación de las leyes y
el respeto a las mismas en su ámbito espacial o territorial; siendo éste la
jurisdicción del mismo y la aplicación de sus distintas normativas.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
CRBV, publicada en Gaceta Oficial Nro. 5.453 del 24 de Marzo de 2000, estipula
en su artículo “5” que la Soberanía reside de forma intransferiblemente en el
pueblo; por lo que se infiere que son los ciudadanos los que pueden elegir
directamente a sus mandatarios o Gobierno a través del voto de elección popular;
mas no como en otras naciones que los gobiernos son impuestos por “Cámaras Legislativas”,
o “Monarquías”, más no por el pueblo como pasa en nuestro país; dónde la mayoría
decide.
Por ello, vemos como la actual campaña electoral por el
proceso constituyentistas está enmarcada justamente en la Defensa de la
Soberanía Nacional, ante la amenaza latente de un “Golpe de Estado”, promovido
y financiado por el imperio norteamericano y todos los Estados Neo Liberales; con el
consentimiento de una oposición apátrida y la ayuda del paramilitarismo
colombiano, que han actuado como unos verdaderos mercenarios en contra del
patrimonio público y privado del país, para causar estallidos sociales y lograr
su propósito de intervención, como lo hizo el gobierno estadounidense en
Ucrania, Irán, Libia, Yugoslavia; entre otros países, financiados por una inmensa
cantidad de dólares, con el afán de apoderarse de nuestras riquezas minerales,
entre las cuales están el Coltán, que se tiene una reserva aun no cuantificada,
y cuyo material natural, es usado para elaborar las “ojivas nucleares”, además
de piezas para celulares.
Asimismo, con el petróleo que poseemos en el país, siendo el
mayor en reservas petroleras a nivel mundial, igual que el mineral “oro” con
reservas de siete mil toneladas, y diamantes que superan los treinta y tres
millones de toneladas; entre otros. Como la comprobada posesión que tenemos de grandes
reservas de agua potable; se allí la importancia de la soberanía de nuestro
país, ante la amenaza de este nefasto imperio capitalista norteamericano con
presidentes criminales; que son verdaderos destructores de pueblos y naciones usurpadas.
En la Carta Magna se hace clara alusión al ejercicio de la
Soberanía en el “Capítulo 1. Del Territorio y demás Espacios Geográficos del
Estado Venezolano”, en los artículos que van del diez (10) al quince (15);
estableciéndose, en el artículo once (11) constitucional, “la soberanía plena
en el espacio continental e insular, lacustre y fluvial”, así como la
definición clara de: “El mar territorial, áreas marinas interiores, históricas
y vitales, en el suelo y subsuelo”. Y, es muy importante que en este precitado
artículo, se hace clara alusión a “todos los recursos que en ellos se
encuentren”. Cabe destacar que se hace referencia de todo lo que comprende o
abarca el territorio insular del país, como los archipiélagos de los Roques,
las Aves, Los Frailes, los Hermanos, los Testigos y la Orchilla; así como las “Islas
de Margarita, Cubagua, Coche e isla de Aves, entre otras; las cuales cuentan
con grandes atractivos para el turismo nacional y extranjero.
Es de suma importancia destacar la Soberanía plena del
Estado Venezolano sobre los Yacimientos Mineros y de Hidrocarburos, cualquiera
que sea su naturaleza; los cuales no pueden ser vendidos ni a particulares ni a
otro Estado o Nación. Y, que sus derechos no prescriben con el tiempo, es
decir, que son irrenunciables y colocan de manifiesto la soberanía venezolana
en toda la extensión de su acepción. Se hace inferencia a que las costas
marinas son del dominio del pueblo y que no pueden ser privatizadas, como suele
pasar con muchas Islas: de otras naciones o lugares del mundo.
Es relevante destacar
que en el artículo 13 de la CRBV, se hace inmediato el pleno ejercicio de la
soberanía nacional, puesto que el territorio nacional no podrá ser jamás
vendido o enajenado, cedido, traspasado, ni temporal ni parcialmente a Estados
extranjeros u otros sujetos de derecho internacional; así mismo en el artículo
15 ejusdem, se denota la responsabilidad del estado en preservar su soberanía
en todo su ámbito territorial, y además por primera vez, se habla de la absoluta
soberanía de los pueblos indígenas, en el capítulo VIII, garantizando la
participación de sus representantes en la Asamblea Nacional y en los cuerpos
deliberantes de las entidades federales y locales; como muestra de una
verdadera democracia participativa, y en fiel cumplimiento del principio de “igualdad
social sin discriminación de razas y credos”.
En este ensayo se destaca el pleno ejercicio de la soberanía
nacional, puesto que el territorio nacional no podrá ser jamás vendido o
enajenado, cedido, traspasado ni temporal ni parcialmente a Estados extranjeros
u otros sujetos de derecho internacional; asimismo, denota la gran responsabilidad
del estado en preservar su soberanía en todo su ámbito territorial. Evidenciado todo lo que estamos padeciendo los
venezolanos actualmente, con alto sentido de pertenencia de nuestra patria,
ante la amenaza latente de Invasión en nuestro hermoso y gran país; por parte
del Imperio Norteamericano en apoderarse de nuestras riquezas minerales.
CSMS: Comunicación Social de Misión
Sucre.
Estudiante: Ramón Ávila. 1er. Semestre.

No hay comentarios:
Publicar un comentario